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Observatorio del Derecho a la Alimentación en América Latina y el Caribe
30Nov

Políticas públicas de seguridad alimentaria y nutricional en Medellín y su articulación con las políticas públicas de regularización de asentamientos humanos de desarrollo incompleto

Escrito por César Augusto Molina Saldarriaga. Posteado en Investigación

A través de una reflexión en torno a las políticas de regularización de asentamientos humanos de desarrollo incompleto –AHDI- en Medellín, se analizó la articulación de estas con las políticas de seguridad alimentaria y nutricional en el municipio. Se partió de una conceptualización de los AHDI en el marco de la teoría y la determinación del alcance de las políticas públicas de regularización integral y de seguridad alimentaria y nutricional.

El trabajo se llevó a cabo utilizando estrategias de recolección y análisis de información documental, cuantitativa y cualitativa. Además, se apoyaron las reflexiones teóricas con un trabajo de campo, a través de un diálogo institucional y con un grupo focal de líderes, de una de las experiencias más sobresalientes de regularización en la ciudad de Medellín: Moravia.

De la relación AHDI/políticas de regularización/políticas de seguridad alimentaria, se realizó una delimitación conceptual y una caracterización de los AHDI, en función de los aspectos dominiales, urbano-ambientales y sociales. De esta delimitación conceptual fue posible justificar el carácter integral de las estrategias de regularización urbanística y, desde esa perspectiva, justificar la inclusión del componente alimentario y nutricional en la ejecución de los proyectos de intervención sobre los AHDI.

La investigación partió de cuatro tesis estructurales:

  • Los procesos de regularización urbanística son los instrumentos o procesos dispuestos para la atención de las problemáticas presentes en los asentamientos humanos de desarrollo incompleto.
  • Dentro de los procesos de regularización urbanística no se incluye el componente de seguridad alimentaria y nutricional.
  • No existe articulación entre las políticas públicas alimentarias y nutricionales y los proyectos para la atención de los problemas de los asentamientos humanos de desarrollo incompleto.
  • La articulación entre las políticas públicas de regularización urbanística y de seguridad alimentaria y nutricional son necesarias para atender integralmente los problemas y bajos índices de calidad de vida de los asentamientos humanos de desarrollo incompleto.

Del trabajo de campo realizado fue posible, así mismo, obtener información en torno a la percepción de las autoridades y las comunidades. Se programaron reuniones con el grupo focal donde se indagó, mediante un diálogo abierto, por la percepción de la experiencia en el Cerro Moravia en el municipio de Medellín. Se pone de presente que no se trata de una experiencia que ejemplifique la situación global de los AHDI. En futuras investigaciones será posible identificar muestras significativas que permitan generalizar hallazgos empíricos y cualitativos. Por lo pronto, se trataba de poner en contexto una experiencia.

Los principales hallazgos del proceso de investigación dan cuenta de la relación estrecha que existe entre los procesos de ocupación sin planificación institucional e informal del territorio, que generan asentamientos humanos de desarrollo incompleto, y la inseguridad alimentaria y nutricional. Esto, por cuanto estos asentamientos se caracterizan por la precariedad en la infraestructura para la prestación del servicio público y la satisfacción de las necesidades colectivas e individuales de sus habitantes.

Para atender los procesos de ocupación informal del suelo, en la estructura normativa colombiana existen instrumentos de política pública para la regularización urbanística. De ello dan cuenta las normas constitucionales y las políticas públicas nacionales y locales –en Medellín- que se desprenden de su desarrollo normativo. El instrumento más importante es el de la política pública de Mejoramiento Integral de Barrios.

Así mismo, se evidenció la existencia de instrumentos normativos de reconocimiento y protección del derecho a la alimentación en Colombia, y de instrumentos de política pública nacional y local para su garantía. En la escala nacional, el instrumento más importante es el documento CONPES 113, y en la escala local el Acuerdo Municipal 038 de 2005, expedido por el Concejo municipal, y que es el que institucionaliza en el Municipio de Medellín la Política Pública de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.

Del análisis de ambas políticas públicas –las de regularización urbanística y las de seguridad alimentaria- no fue posible establecer relaciones sistémicas y complejas para la atención de los principales problemas urbanos, ambientales y sociales de los asentamientos humanos de desarrollo incompleto, en general, y mucho menos de su problema alimentario en particular.

De la recolección de información con los actores institucionales, el principal hallazgo es la divergencia en las visiones respecto del proceso de articulación de ambas políticas públicas. Para la administración municipal, las políticas de atención de los problemas alimentarios hacen parte de una estrategia global de atención a las problemáticas de precariedad en el territorio, lo que implica que hay una articulación entre ambas políticas a través de una presunta atención integral.

Por su parte, las comunidades perciben el proceso de regularización como desarticulado a otras políticas públicas, lo que les resta integralidad. De allí que los problemas alimentarios sean atendidos de manera asistencial y sin un enfoque de derechos, lo que reduce el empoderamiento de las comunidades en las estrategias de incremento de sus niveles de calidad de vida.

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30Nov

La política pública del derecho a la alimentación en situaciones de desastre. Caso Chía-Colombia. Propuesta de política pública de gestión del riesgo con enfoque en seguridad alimentaria.

Escrito por Juan Fernando Sánchez Jaramillo. Posteado en Investigación

Introducción

El proyecto denominado “La política pública del derecho a la alimentación. Caso Chía – Colombia, una propuesta de política pública de gestión de riesgo con enfoque en seguridad alimentaria” surgió por la preocupación de enfrentar la cuestión social de los últimos tiempos frente al cambio climático y como una contribución interdisciplinaria a la solución de las consecuencias de los desastres naturales en relación con la seguridad alimentaria.

De acuerdo a lo anterior, presentamos una metodología integral con un sistema de indicadores, que pretenda racionalizar el proceso de toma de decisión de los actores que se encuentran alrededor de una situación de desastre que afecta la seguridad alimentaria.

Nuestro valor agregado está en proponer una política pública de gestión de riesgo con enfoque en seguridad alimentaria basada en la realidad humana y cuya construcción es participativa debido a que en el lenguaje de riesgo no se trabaja por reducir la amenaza, sino por fortalecer las capacidades sociales del municipio para reducir los factores de vulnerabilidad.

Proceso de indagación, discusión y respuesta

Este proyecto hunde sus raíces en una pregunta que sintetiza cuestionamientos sobre los fines del ser humano relacionados con la felicidad, el desarrollo y la calidad de vida. Su respuesta (la metodología propuesta) es toda una estructura basada en la mejor forma de lograr los mencionados fines. En este entendido, el punto de partida fue el siguiente:

¿Cuál es la mejor forma de construir la seguridad alimentaria y su consecuente protección del derecho a la alimentación en un contexto de cambio climático y situaciones de desastre?

Más allá de las respuestas obvias como el trabajo interdisciplinario, la búsqueda de espacios políticos o el fortalecimiento de los procedimientos jurídicos en términos de justiciabilidad y efectividad, nuestra pregunta tenía un trasfondo cuya principal cuestión fue la indagación sobre cuál sería la mejor herramienta que permitiría al ser humano desarrollarse en toda su potencialidad en relación con el derecho a la alimentación en un contexto de desastre natural.

Frente a esto, decidimos dejar a un lado el problema jurídico, y nos enfocamos en el problema de política pública. Esta última como la herramienta por excelencia del Estado llamada a generar un espacio en el que el ser humano pueda desarrollarse como tal. Indagando sobre alguna metodología que permitiera dicho escenario, encontramos varios aspectos que debía tener nuestra investigación. Por ser los más importantes y por subsumir todas las características que creímos debía tener esta propuesta, nos enfocamos en la participación y el empoderamiento. Adicionalmente, dicha metodología debería proporcionar elementos para una verdadera seguridad alimentaria, entendida como la protección del ser humano frente a los problemas de accesibilidad, disponibilidad, inocuidad y utilización del alimento, y mediante la cual se pudieran mejorar todas las libertades humanas.

La mejor forma de lograr nuestros objetivos fue condensada en una propuesta de política pública de gestión de riesgo con enfoque en seguridad alimentaria que contiene insumos de tecnología agroindustrial y que sirve como herramienta para la racionalización de toma de decisiones del Municipio de Chía, especialmente, en situaciones de desastre. Si bien los retos institucionales, políticos y metodológicos a los que nos enfrentamos tienen que ver con un desarrollo más enfocado hacia lo local, con la despolitización de las decisiones, y con la implementación de principios de derechos humanos en la dinámica local, lo más importante es que exista una conciencia social sobre el papel de todos y cada uno de los actores para construir y para planificar.

Planteamiento del problema concreto

El contexto internacional ha estado marcado por el fenómeno del cambio climático y los efectos que se generan por la ocurrencia de desastres naturales. En especial, la seguridad alimentaria se ha visto afectada en todos sus componentes. Las diferentes agencias de cooperación y las organizaciones que han estudiado las causas y los efectos de la problemática alimentaria, frente a la ocurrencia de desastres han llegado a la conclusión que la forma más efectiva y eficaz para reducir el impacto negativo es mediante un sistema de gestión de riesgo participativo que se ajuste a las amenazas y vulnerabilidades físicas y sociales propias de cada territorio.

El Municipio de Chía en el Departamento de Cundinamarca no es ajeno a la problemática planteada pues ha sido uno de los mayores afectados por los inviernos que habitualmente se producen en Colombia en los primeros tres meses del año. En el año 2011, todas las vías de acceso al municipio se inundaron afectando los componentes de la seguridad alimentaria, y generando altos costos de recuperación ante la situación de desastre. Esta propuesta entiende que falta racionalidad en el proceso de toma de decisión de la entidad territorial, puesto que no cuenta con una estrategia con enfoque en derechos humanos que logre incorporar la gestión del riesgo y la seguridad alimentaria en un contexto de cambio climático.

Propuesta de solución. Herramienta de gestión de riesgo con enfoque en seguridad alimentaria.

Para contribuir efectiva y eficazmente al desarrollo, debe garantizarse el empoderamiento de la población vulnerable. Al respecto, la Agencia de Cooperación Alemana (GIZ) ha recomendado una metodología que pretende reducir los factores de vulnerabilidad de un territorio determinado mediante el empoderamiento social. Para lograr esto, la propuesta incorpora algunas acciones como la creación de un sistema participativo de gestión de riesgo que permita la planificación y la mitigación de los efectos de desastres naturales. La integración de dichos sistemas en la planificación tanto local, como la regional y nacional. La implementación multidisciplinar del mencionado sistema. Y la sistematización de la información municipal como un instrumento básico para el manejo de la gestión del riesgo.

En razón de lo anterior, creamos una herramienta que combina indicadores de seguridad alimentaria con indicadores de la gestión del riesgo. La metodología y el sistema de indicadores que proponemos es apenas un primer paso cuyo resultado es un mapa de riesgos con el cual la entidad territorial, junto con los diferentes actores de la sociedad civil, puedan diseñar una política pública de gestión de riesgo con enfoque en seguridad alimentaria que esté comprendida por una visión más amplia de desarrollo territorial. Esta propuesta tiene un enfoque participativo y de derechos humanos y debe contribuir estratégicamente al desarrollo local sin perder de vista los contextos regional, nacional y global.

En este sentido, la propuesta tiene como elementos esenciales lo que se ha denominado el método PANEL (Participation, Accountability, Non discrimination, Empowerment, Linkage, por sus siglas en inglés)7 . Está prevista para ser implementada a largo y a mediano plazo. En el largo plazo, el municipio debe identificar las personas y elementos vulnerables a la inseguridad alimentaria por causa de un desastre natural. Identificar y analizar los factores ambientales, sociales, económicos que contribuyen a la afectación de la seguridad alimentaria en relación con una amenaza de desastre natural. Identificar y desarrollar unos indicadores que determinen el grado de vulnerabilidad. Analizar las capacidades de autoprotección y de preparación. Y determinar el riesgo residual.

En el mediano plazo, el municipio debe hacer un análisis de las amenazas relacionadas con la seguridad alimentaria. Un análisis de Vulnerabilidades físicas y sociales relacionadas con cada uno de los componentes de la seguridad alimentaria. Determinar herramientas para la visualización de los riesgos. Y, atendiendo a la necesidad de plantear un sistema de indicadores se debe diligenciar una matriz en la que se relacionen los cuatro componentes de la política pública de seguridad alimentaria, con los elementos de la gestión del riesgo que puedan ayudar a cualificar y cuantificar la afectación de cada componente ante una situación de desastre, en este caso por inundación. Esta propuesta está sujeta a permanente discusión y pretende ser el primer paso de un proyecto que busca una macro solución del problema.

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30Sep

El derecho a una alimentación adecuada en México. Una nueva perspectiva tras el cambio constitucional

Escrito por Observatorio del Derecho a la Alimentación. Posteado en Investigación

Antecedentes

Existen muchas plantas que han condicionado el desarrollo de la historia de la humanidad, pero sin duda, aquellas que se encontraron en las llamadas “Tierras del Nuevo Mundo” supusieron un antes y un después en la manera de entender la alimentación. Algunas de estas plantas eran silvestres, es decir, producto de la evolución original de la flora en el continente americano, como el jitomate (tomate) o el aguacate, en cuyo desarrollo el agricultor no intervino más que para su domesticación. Sin embargo, el maíz fue producto del ingenio del ser humano, es decir, no lo habríamos conocido si no hubiera sido creado por las culturas precolombinas mexicanas.

Para México el maíz es, además de un alimento principal, una deidad que ha marcado el calendario, las festividades y la vida de sus pueblos desde tiempos inmemoriales. Por lo tanto, si la acción o la omisión de una institución dañara esta simbiosis ser humano/maíz, no sólo estaría agrediendo el derecho a la alimentación de sus nacionales, sino que además, truncaría algo mucho más profundo: la personalidad de un pueblo.

El Derecho, al igual que la alimentación, es un producto cultural, es decir, esta disciplina se manifiesta en cada sociedad como fruto que muestra la idiosincrasia de cada grupo humano debido a que en su creación intervienen múltiples fenómenos sociales que contribuyen a su formación y cristalización (Betegón, 1997). Del mismo modo la alimentación, los productos que destinamos a la misma y la manera de emplearlos para satisfacer la necesidad básica de la nutrición, dependen de las características sociales de cada pueblo, así como de las circunstancias geográficas e históricas que lo envuelven. Por lo tanto, el derecho a la alimentación en todo su significado1 puede asimilarse a la prerrogativa de los pueblos a mantener su propio derecho, ya que ambos elementos son el producto del devenir cultural de un grupo humano.

En México existen un gran número de personas que dependen de la producción a pequeña escala para sobrevivir y que se han visto obligados a dejar sus medios de subsistencia para migrar al extranjero o a la capital, con todo el desarraigo que esa circunstancia genera, porque a raíz del incremento de la importación del maíz a precios de dumping, su situación en el mercado se volvió insostenible. Por lo tanto, cuando se limita el acceso al maíz criollo, de calidad y producido de acuerdo a la tradición, y se obliga al consumo de otro tipo de maíz importado, de menor calidad, no sólo se está atentado contra el derecho de la persona al acceso de productos alimenticios sanos e inocuos, sino que se está vulnerando el derecho cultural de todos y cada uno de los mexicanos.

En México podemos encontrar tres clases de dietas: las que conservan los pocos pueblos indígenas que consiguen mantener intactas su cultura culinaria y nutricional, aunque ésta cada vez es más reducida debido al despoblamiento del campo, las sequías y la intromisión de las grandes cadenas alimentarias; en estos pueblos es común encontrar casos severos de desnutrición. En el otro extremo, la dieta que llevan las familias de nivel medio-alto, cuyos ingresos les permiten acceder a cualquier alimento en cualquier momento debido al completo abasto de las grandes superficies. Para este segundo grupo, la gran problemática no es la desnutrición debida a escaso acceso a los alimentos, muy al contrario, ésta pasaría por una epidemia de sobrealimentación, es decir, por el consumo de alimentos con un índice calórico más alto no acompañado con un incremento directamente proporcional del ejercicio físico.

Finalmente, quienes acumulan ambas problemáticas (desnutrición y obesidad) son las familias que, teniendo un escaso nivel de ingresos, dedican éstos no a la adquisición de alimentos con grandes aportes nutricionales, sino que muy al contrario, los productos más consumidos son altos en grasas y azúcares, por lo que podremos encontrarnos con la paradoja de obesos malnutridos.

En conclusión, muchas son las circunstancias que han polarizado la situación nutricional en la que se encuentran los mexicanos. Como aludíamos anteriormente, en un extremo encontramos la desnutrición infantil, problema aún muy grave en zonas rurales marginadas, contrastando con los preocupantes índices sobrepeso. Para analizar las causas de desnutrición en las familias más pobres, partiremos de las pautas de consumo. El gasto per cápita promedio de alimentos del 20 por ciento más pobre de la población en el país fue de 424.6 pesos por persona por mes; esta cantidad está por debajo del umbral de la pobreza alimentaria, urbana o rural3 . Pero los recursos familiares tienen destinos múltiples como la salud, el vestido, el agua o la educación. Éstas son necesidades que han de tener cabida en el presupuesto familiar además de la alimentación de sus miembros, por lo que la cantidad de recurso que finalmente se destina a la adquisición de alimentos es incluso menor que la canasta mínima, lo que genera inseguridad alimentaria y, en los casos más graves, la malnutrición crónica.

Así mismo la obesidad se ha convertido en una de las grandes pandemias de México ya que ha traspasado el nicho donde se encontraba: la clase adulta del medio urbano, para extenderse a todas las capas de la sociedad y a todas las edades, siendo especialmente preocupante en la población en edad escolar. “Ya no es insólito que en el seno de una misma familia pobre del medio rural convivan preescolares con desnutrición grave y adultos obesos, ni que los niños que fueron desnutridos en la etapa preescolar sean obesos a partir de la edad escolar” (Ávila Curiel, Alejandro; Florez Sanchez, Jesús; Rangel Faz, Gabriela, 2011).

Estudio de caso. El caso de los Rarámuris: una violación constante del derecho a la alimentación.

Los Rarámuris o Tarahumaras son un pueblo originario de México que ocupa una cuarta parte del territorio en el sudoeste de Chihuahua que coincide con una de las partes más altas de la Sierra Madre Occidental, también conocida como Sierra Tarahumara. Dentro de los cuatro grupos de indígenas que están asentados en la sierra, los tarahumaras suman alrededor de 50,000. El 90% de la población Rarámuri se concentra principalmente en los municipios de Bocoyna, Urique, Guachochi, Guadalupe y Calvo, Batopilas, Carichí, Balleza y Nonoava.

En esta zona se está soportando la peor sequía que se había visto en décadas, lo que está provocando que las poblaciones de rarámuris estén padeciendo una gran crisis alimentaria. La escasez de agua ha terminado con los cultivos de frijol y maíz, lo que ha acabado de agudizar el problema alimentario que existía previamente en la región.

Según informaciones varias aparecidas en periódicos locales y denuncias de ONGs locales, ante la ausencia de información clara por parte de las autoridades, al menos seis personas han muerto debido al hambre en poblados de la Sierra Tarahumara, en el estado de Chihuahua, casos que han sido confirmados por actas de defunción proporcionados por miembros de la organización campesina El Barzón1 . La respuesta ha sido inmediata por parte de la sociedad en general y se están llevando apoyos alimentarios para la comunidad.

En el Estado se ha creado un plan emergente de alimentación para que no ocurran más decesos relacionados a causas de desnutrición y hambruna en éstas comunidades. El plan ha contemplado la visita a 22 municipios que se encuentran en la sierra Tarahumara, que son los que se han visto más afectados. Este plan pretende apoyar a más de 50 mil familias en el Estado. De las 150 mil toneladas de maíz que se suelen producir en el Estado de Chihuahua, sólo se obtuvieron 500 toneladas; en cuanto al frijol, acostumbrados a cosechar entre 80 mil y 120 mil toneladas, este año nada más hubo 20 mil y de avena existe una pérdida superior al 80%.

El derecho a la alimentación como derecho fundamental en México

Pocos países se han atrevido, como México, a reconocer el derecho a la alimentación como derecho fundamental. Un acercamiento fue la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal donde ya se garantiza en su artículo primero el derecho universal a la alimentación y a la seguridad alimentaria para todos los residentes de México Distrito Federal, aunque los medios se limiten al diseño de política pública y se eche de menos el establecimiento de vías claras de reclamación ciudadana en caso de incumplimiento por parte del ejecutivo del Distrito Federal.

A pesar del paso adelante que supone la Ley de Seguridad Alimentaria para el Distrito Federal, independientemente de la restricción territorial en su aplicación, el verdadero avance fue la inclusión del derecho a la alimentación en la Constitución. Este valiente paso abre las puertas para una verdadera y eficiente justiciabilidad del derecho a la alimentación en México ya que provee a la población de mecanismos preestablecidos para su exigibilidad.

El pasado 13 de octubre de 2011, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, previa aprobación de las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como la mayoría de las legislaturas de los Estados, aprobó el Decreto por el que se adiciona un párrafo tercero al artículo 4º, que reza “… toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará” y al artículo 27 del mismo texto: “… el desarrollo rural integral y sustentable a que se refiere el párrafo anterior, también tendrá entre sus fines que el Estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la ley establezca”.

Como complemento, unos meses antes, específicamente en el mes de junio de este mismo año, se realizó la reforma por la que se reconocen constitucionalmente los derechos humanos contenidos en tratados internacionales ratificados por México6 (entre ellos el derecho a la alimentación), por lo que actualmente el Estado mexicano está obligado a garantizar, por imperativo constitucional, el acceso a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad a todos sus ciudadanos.

Tras la inclusión del derecho a la alimentación como fundamental, se abre en México un periodo en el que se debe construir el sistema en el cual se garantizará el derecho en cuestión, de ello depende el efectivo cumplimiento del compromiso adquirido por el Estado en la Constitución para que no vuelva a quedar como una mera declaración de intenciones, como muchos otros derechos reconocidos en la Carta. El paso siguiente a la aprobación constitucional consiste en la revisión de las leyes federales y estatales que puedan entrar en colisión con la nueva visión del derecho a la alimentación. Finalmente se procedería al examen de políticas púbicas que garanticen el acceso a alimentos sanos, suficientes, inocuos y acordes con la cultura a poblaciones vulnerables.

Uno de los puntos más importantes consiste en el diseño de los cauces necesarios para que puedan ser utilizados por aquellas personas que sienten vulnerado su derecho a la alimentación. Finalmente, la capacitación de jueces y funcionarios en la materia, pues de nada sirve tener los cauces si éstos son desconocidos para aquellos que los han de aplicar.

La primera queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (el Ombudsman federal) tiene como base el incremento de los índices de pobreza y extrema pobreza originarias, de acuerdo al quejoso, por el incremento de la violencia y muertes de la población, el desempleo, desnutrición, insuficiencia alimentaria y falta de abasto de alimentos.

De acuerdo al texto de la queja, México se encuentra en un situación de rezago en la lucha contra la desnutrición, y por lo tanto, en la garantía del derecho a la alimentación de la poblaciones vulnerables (niños, indígenas, adultos mayores), sin que el Estado tome medidas adecuadas para paliar este déficit que se ve acrecentado por las deficientes condiciones meteorológicas como sequías, inundaciones o heladas que han acabado con los medios de subsistencia de muchos pequeños campesinos.

De la queja de desprenden las pretensiones de:

  1. Que la CNDH investigue las omisiones de todo el gobierno en turno responsable del incremento de la inseguridad alimentaria en la población.
  2. La creación de un plan rector que contenga una estrategia nacional de corto mediano y largo plazo, para la realización del derecho a la alimentación.
  3. Que se destinen los recurso suficientes para atender en forma integral a la población de todas las entidades afectadas por los fenómenos climáticos de las inundaciones, las heladas y las sequias, que han abatido al territorio nacional, de los años 2011 y 2012.
  4. Que se emitan recomendaciones a todos aquellos servidores públicos que hayan vulnerado el derecho a la alimentación, considerando estos actos como VIOLACIONES GRAVES A LOS DERECHOS HUMANOS.
  5. La creación de comedores comunitarios y programas alimentarios permanentes en cada una de las localidades de mayor rezago social en el país.

En conclusión, a pesar de que el gobierno mexicano ya ha dado un paso muy importante reconociendo el derecho a la alimentación, no debe quedarse estancado en tal circunstancia, sino que resulta imprescindible la creación de un plan orientado a construir una marco normativo de justiciabilidad y de políticas públicas que favorezcan el fortalecimiento del campo como proveedor de los materiales básicos para la alimentación de la sociedad así como contribuir a la elevación de los niveles de bienestar mediante el incremento del salario base. Estos cambios permitirían al individuo acceder a los mínimos sociales garantizados incluyendo en ellos la situación alimentaria, no solo en cantidad sino en calidad. De la misma manera se debe tender a la consolidación de las políticas y programas que contribuyan a un mejoramiento eficiente y eficaz de las condiciones nutrimentales que requiere cualquier grupo social para ostentar el bienestar que la visión internacional y nacional exigen para proyectar un futuro estable y sustentable, procurando facilitar los medios a la población para reclamar sus derechos fundamentales en general y en particular como es el derecho a la alimentación.

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