Ecuador

Ecuador reconoce el derecho a la alimentación en su Constitución Política vigente desde el año 2008, como un derecho independiente aplicable a todas las personas. El artículo 13 establece que las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales. Así mismo, el artículo 12 establece que el agua es un derecho humano fundamental e irrenunciable y constituye un patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.

Instituciones vinculadas con el Observatorio del Derecho a la Alimentación en Ecuador:

Universidad San Francisco de Quito

Punto focal: Farith Simon Campaña
Unidad: Colegio de Jurisprudencia
E-mail: fsimon@usfq.edu.ec

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Pontificia Universidad Católica de Ecuador

Punto focal: Hugo Bayardo Santacruz Cruz
Unidad: Escuela de Jurisprudencia
E-mail: hbsantacruz@pucesi.edu.ec

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Universidad de Cuenca

Punto focal: Otilia Vanessa Cordero Ahiman
Unidad: Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas
E-mail: otilia.cordero@ucuenca.edu.ec

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Universidad Agraria del Ecuador

Punto focal: Elisa Marianela Cedeño Luzardo
Unidad: Facultad de Economía Agrícola
E-mail: ecedeno@uagraria.edu.ec

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Universidad Técnica de Manabí

Punto focal: Fernando Ortiz Dueñas
Unidad: Carrera de Nutrición y Dietética
E-mail: xavier.ortiz@utm.edu.ec

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Pontificia Universidad Católica de Ecuador - sede Ibarra

Punto focal: Gonzalo Rubio
Unidad: Escuela de Gestión de Empresas Turísticas y Hoteleras
E-mail: erubio@pucesi.edu.ec

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Legislación relacionada:

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